Calculadora de vacaciones de empleada doméstica
Estimá cuántos días de vacaciones corresponden y cuál sería el pago aproximado según la antigüedad y la remuneración habitual de una trabajadora de casas particulares en Argentina. La herramienta toma como referencia la Ley 26.844 y aplica el criterio legal de días corridos al 31 de diciembre del año de cálculo.
Calculá vacaciones y pago estimado
Completá los datos principales. Si la trabajadora cobra por hora, la calculadora convierte ese valor en una remuneración mensual estimada para poder proyectar el pago vacacional.
Escala legal de días de vacaciones
Guía experta sobre el cálculo de vacaciones de empleada doméstica
El cálculo de vacaciones de empleada doméstica es una de las consultas más frecuentes entre empleadores y trabajadoras de casas particulares en Argentina. La razón es simple: aunque el régimen está regulado de manera específica, en la práctica suelen aparecer dudas sobre la antigüedad, la fecha de ingreso, los tramos de días corridos, el pago adelantado y los casos de trabajo por hora. Entender bien estas reglas evita errores, conflictos y diferencias salariales.
En el régimen de trabajo en casas particulares, las vacaciones no son un beneficio opcional. Constituyen un derecho legal que se devenga conforme a la antigüedad de la trabajadora al 31 de diciembre de cada año. A partir de esa fecha de corte se determina cuántos días corridos de descanso le corresponden. Además, ese período debe abonarse con una metodología distinta al salario mensual ordinario, por eso es importante no improvisar el cálculo.
Esta guía está pensada para quienes buscan una explicación clara, actual y práctica sobre el tema. Vas a encontrar la lógica legal, tablas comparativas, ejemplos de cálculo, errores frecuentes y recomendaciones para documentar correctamente la licencia anual ordinaria. Aunque la calculadora superior sirve para obtener una estimación rápida, conviene complementar ese resultado con una lectura integral del marco normativo.
Marco legal aplicable
El trabajo en casas particulares en Argentina se rige principalmente por la Ley 26.844, que establece los derechos y obligaciones de empleadores y personal doméstico. Dentro de ese régimen, las vacaciones anuales ordinarias se determinan según la antigüedad de la trabajadora y deben otorgarse en días corridos. El criterio de antigüedad no se mide en cualquier momento del año, sino específicamente al 31 de diciembre.
También es importante recordar que la registración del vínculo, el pago de aportes y contribuciones, y la emisión de recibos forman parte del cumplimiento integral del régimen. No alcanza con “dar unos días libres” si el cálculo, la liquidación o la documentación no respetan el esquema legal. Por eso, al hablar de vacaciones, hay que pensar siempre en tres componentes:
- La cantidad de días corridos que corresponden por antigüedad.
- La remuneración de vacaciones, que debe abonarse antes del inicio del descanso.
- La correcta registración del período para que no haya dudas futuras.
Cuántos días de vacaciones corresponden
La regla general para personal doméstico es clara: si la trabajadora tiene una antigüedad superior a seis meses al 31 de diciembre del año correspondiente, se aplica la escala completa de días de vacaciones según tramos. Si no llega a seis meses, corresponde un esquema proporcional de 1 día por cada 20 días efectivamente trabajados.
| Antigüedad al 31 de diciembre | Días corridos de vacaciones | Interpretación práctica |
|---|---|---|
| Más de 6 meses y hasta 5 años | 14 días corridos | Es el tramo más común para vínculos relativamente nuevos o de antigüedad media. |
| Más de 5 años y hasta 10 años | 21 días corridos | La licencia aumenta un 50% respecto del tramo inicial. |
| Más de 10 años y hasta 20 años | 28 días corridos | Equivale a cuatro semanas corridas de descanso. |
| Más de 20 años | 35 días corridos | Es la escala máxima prevista por la normativa. |
Un aspecto importante es que la tabla no habla de días hábiles, sino de días corridos. Eso significa que dentro del período vacacional se cuentan fines de semana y feriados si quedan comprendidos en el descanso. Este detalle cambia de manera significativa la percepción del tiempo real ausente del puesto y también impacta en la organización familiar del hogar empleador.
Qué pasa si no llega a 6 meses de antigüedad
Cuando la trabajadora no supera los seis meses al 31 de diciembre, no se aplica la escala de 14, 21, 28 o 35 días. En ese supuesto, la licencia se calcula de manera proporcional: corresponde 1 día de vacaciones cada 20 días efectivamente trabajados. En la práctica, si alguien ingresó en la segunda mitad del año, este método suele generar entre 3 y 9 días corridos, según la cantidad de jornadas acumuladas.
| Días efectivamente trabajados en el año | Días de vacaciones proporcionales | Comentario |
|---|---|---|
| 20 días | 1 día | Es el mínimo proporcional completo previsto por la regla legal. |
| 60 días | 3 días | Frecuente en ingresos de octubre o noviembre con continuidad efectiva. |
| 100 días | 5 días | Ejemplo típico de altas producidas alrededor de septiembre. |
| 140 días | 7 días | Corresponde a una prestación parcial dentro del segundo semestre. |
| 180 días | 9 días | Muy cercano al umbral de 6 meses, aunque la escala completa exige superar ese límite. |
Cómo se calcula el pago de vacaciones
La segunda gran pregunta no es solo cuántos días corresponden, sino cómo se pagan. La práctica más difundida para liquidar la licencia es tomar la remuneración mensual habitual y dividirla por 25, multiplicando luego ese valor diario por la cantidad de días de vacaciones. Esa es la referencia que usa esta calculadora como estimación operativa.
La fórmula queda así:
Pago estimado de vacaciones = sueldo mensual habitual / 25 × días de vacaciones
Si una trabajadora tiene un sueldo mensual de $500.000 y le corresponden 14 días corridos, el cálculo estimado sería:
- 500.000 / 25 = 20.000
- 20.000 × 14 = 280.000
En ese ejemplo, el pago de vacaciones estimado sería de $280.000. La normativa exige además que ese importe sea abonado antes del comienzo del período de descanso. Este punto es central: no debería pagarse al regreso ni mezclarse informalmente con el salario ordinario sin discriminar el concepto.
Qué ocurre si la trabajadora cobra por hora
Cuando la modalidad es por hora, suele existir más confusión. En términos prácticos, para proyectar vacaciones se acostumbra construir una base mensual habitual a partir del valor horario y las horas semanales. Esta calculadora realiza esa conversión usando 4,333 semanas por mes. Luego aplica la misma fórmula de remuneración vacacional. Es una aproximación útil para estimar, aunque en liquidaciones reales siempre conviene revisar el promedio de remuneraciones normales y habituales.
Por ejemplo, si una trabajadora cobra $3.200 la hora y trabaja 24 horas semanales, la base mensual estimada sería:
- 3.200 × 24 = 76.800 por semana
- 76.800 × 4,333 = 332.774,40 por mes aproximado
Si con esa base le corresponden 14 días, el pago estimado de vacaciones sería:
- 332.774,40 / 25 = 13.310,98
- 13.310,98 × 14 = 186.353,72
Errores frecuentes al calcular vacaciones
Muchas diferencias entre empleador y trabajadora surgen por errores simples que se repiten. Estos son los más comunes:
- Tomar la antigüedad al día del inicio de vacaciones y no al 31 de diciembre.
- Confundir días corridos con días hábiles, otorgando menos descanso del que corresponde.
- No pagar antes del inicio de la licencia, cuando la norma exige anticipación.
- Aplicar directamente 14 días aun cuando la trabajadora no alcanzó los 6 meses de antigüedad.
- No considerar una remuneración habitual realista cuando el pago es por hora o variable.
- No dejar constancia escrita de la fecha de otorgamiento, pago y período de descanso.
Evitar estos errores no solo mejora la relación laboral. También reduce la posibilidad de reclamos administrativos o judiciales. En el trabajo doméstico, donde el vínculo suele desarrollarse dentro del hogar y con alto grado de confianza, a veces se descuida la documentación formal. Sin embargo, precisamente por esa informalidad habitual, conviene ser más prolijo y no menos.
Ejemplos prácticos de cálculo
Ejemplo 1: trabajadora mensual con 3 años de antigüedad
Ingreso: 10/03/2022. Año de cálculo: 2025. Antigüedad al 31/12/2025: más de 3 años y menos de 5. Le corresponden 14 días corridos. Si su sueldo mensual habitual es de $420.000, la remuneración vacacional estimada es:
420.000 / 25 × 14 = $235.200
Ejemplo 2: trabajadora mensual con 8 años de antigüedad
Ingreso: 01/04/2017. Año de cálculo: 2025. Antigüedad al 31/12/2025: más de 8 años. Le corresponden 21 días corridos. Con un sueldo de $560.000, el pago estimado sería:
560.000 / 25 × 21 = $470.400
Ejemplo 3: alta reciente en el segundo semestre
Ingreso: 01/09/2025. Al 31/12/2025 no supera los 6 meses. Si trabajó 122 días efectivos en el año, la licencia proporcional será de:
122 / 20 = 6,1, por lo que la calculadora toma 6 días completos de estimación proporcional.
Comparación entre esquema proporcional y esquema completo
Desde un punto de vista práctico, el gran salto se produce al superar el umbral de seis meses. Antes de ese punto, cada 20 días trabajados generan 1 día de licencia. Después, se ingresa al sistema de escalas fijas. Esto implica que una trabajadora que apenas supera el semestre puede pasar a tener 14 días corridos, una mejora relevante frente al esquema proporcional.
Por eso es tan importante no adivinar. La fecha exacta de ingreso puede cambiar por completo el resultado. Si el alta fue en junio y el cómputo al 31 de diciembre ya supera los 6 meses, el escenario es muy distinto al de alguien que ingresó en julio o agosto.
Buenas prácticas para empleadores
- Verificá la fecha real de ingreso según recibos, alta registral o constancias de AFIP.
- Definí con anticipación el período vacacional y comunicalo en forma clara.
- Calculá y pagá la remuneración de vacaciones antes del inicio de la licencia.
- Conservá comprobantes de pago y recibos firmados o conformados digitalmente.
- Si la remuneración es variable, revisá cuál es la base habitual más razonable.
- Ante dudas finas de liquidación, consultá a un contador o especialista laboral.
Buenas prácticas para trabajadoras
- Guardá copias de recibos, mensajes y cualquier constancia de fecha de ingreso.
- Controlá cuántos días corridos te corresponden según tu antigüedad al 31 de diciembre.
- Verificá que el pago de vacaciones se realice antes del comienzo del descanso.
- Pedí que el concepto quede identificado en el recibo o liquidación.
- Si trabajás por hora, llevá un registro propio de días y horas efectivamente prestadas.
Documentación y fuentes oficiales útiles
Si necesitás revisar normativa, registración o aspectos operativos del régimen de casas particulares, estas fuentes oficiales son especialmente recomendables:
Conclusión
El cálculo de vacaciones de empleada doméstica exige mirar dos variables decisivas: la antigüedad al 31 de diciembre y la remuneración habitual. Si la trabajadora supera seis meses de antigüedad, se aplican los tramos de 14, 21, 28 o 35 días corridos. Si no alcanza ese tiempo, la regla pasa a ser 1 día cada 20 días efectivamente trabajados. Luego, para estimar el pago, se usa de forma habitual la relación sueldo mensual dividido 25 multiplicado por los días de licencia.
La calculadora incluida en esta página te permite obtener una estimación inmediata y ordenada. Aun así, la mejor práctica siempre es contrastar el resultado con la documentación laboral disponible y, si existen variables especiales, recurrir a asesoramiento profesional. En relaciones laborales sensibles como el trabajo en casas particulares, la claridad en el cálculo suele ser la mejor herramienta para evitar conflictos.